Qué son
- Viudedad: la cobra el cónyuge o pareja de hecho que cumple los requisitos. Es un porcentaje de la base reguladora de la persona fallecida.
- Orfandad: la cobran los hijos del fallecido, normalmente hasta cierta edad o mientras estudian, también como porcentaje de esa base.
Los porcentajes, los requisitos de cotización y las compatibilidades cambian con la normativa, así que aquí solo damos la idea general. El dato exacto está en la Seguridad Social.
Por qué importa para tu plan
Si en tu familia hay un solo sueldo principal, la pensión de supervivencia suele ser inferior al ingreso que se pierde. Esa diferencia es la que tendría que cubrir el ahorro propio o un seguro. Pensarlo antes cambia cuánto conviene ahorrar y si compensa un seguro de vida (ver cuándo tiene sentido un seguro de vida).
Un ejemplo con números hipotéticos
Una familia en la que el ingreso principal es de 2.000 € netos al mes y falta esa persona. Supón una pensión de supervivencia de 900 € y 12.000 € de ahorro disponible:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Ingreso que se pierde | 2.000 €/mes |
| Pensión de supervivencia (supuesto) | 900 €/mes |
| Hueco mensual | 1.100 €/mes |
| Meses que cubre el ahorro (12.000 / 1.100) | ≈ 10,9 meses |
Ese hueco es lo que un fondo de emergencia o un seguro de vida deberían cubrir mientras la familia se reorganiza.
Las cifras son inventadas para ilustrar el cálculo; la pensión real depende de la base reguladora y de los requisitos.
Preguntas frecuentes
¿Cobra viudedad la pareja de hecho?
En determinadas condiciones sí. Los requisitos de la pareja de hecho se confirman con la Seguridad Social.
¿Hasta cuándo cobran la orfandad los hijos?
Normalmente hasta una edad límite o mientras estudian, según la normativa del momento; confirma las condiciones vigentes.
¿Es compatible la viudedad con un trabajo?
En general sí, la viudedad puede compatibilizarse con rentas del trabajo, con condiciones; consulta tu caso.